Cuando los progenitores no se ponen de acuerdo sobre una decisión importante de sus hijos —cambio de colegio, un tratamiento médico, la expedición del pasaporte o un traslado de domicilio— deben acudir a un procedimiento judicial. En esta guía te explico, paso a paso, cómo se resuelven estos desacuerdos, qué documentos necesitas y qué puedes esperar del procedimiento.
Qué entendemos por “desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad”
La patria potestad se ejerce, por regla general, de forma conjunta por ambos progenitores. Si surge un conflicto concreto, cualquiera de los dos puede pedir al juzgado que decida y atribuya la facultad de decidir sobre ese asunto a uno solo de ellos, oyendo a ambos y al menor si tiene suficiente madurez (en todo caso, si tiene 12 o más años). Si los conflictos se repiten, el juez incluso puede atribuir total o parcialmente la patria potestad a uno o repartir funciones por un máximo de dos años. Todo esto está previsto en el art. 156 del Código Civil.
Antes de ir a juicio: MASC obligatorio desde el 3 de abril de 2025
Desde el 3 de abril de 2025, para los expedientes de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad es obligatorio intentar previamente un MASC (un medio adecuado de solución de controversias) y acreditarlo al presentar la solicitud judicial, salvo supuestos muy excepcionales. Así lo fija la Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del servicio público de Justicia.
Nota práctica: El intento de MASC no te obliga a “ceder”; es un requisito de procedibilidad. Si no hay acuerdo, el expediente judicial continúa.
Si no hay acuerdo: el expediente en el juzgado (jurisdicción voluntaria)
El procedimiento no es un pleito contencioso al uso, sino un expediente de jurisdicción voluntaria. El juzgado competente es, por regla general, el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia del hijo. Están legitimados para promoverlo cualquiera de los progenitores.
- Cómo se tramita: el juzgado señala una comparecencia (una vista breve) para oír a las partes, al Ministerio Fiscal y, si procede, al menor. El juez puede practicar de inmediato las pruebas necesarias (informes, documentos, etc.) y resolver al finalizar o en pocos días.
- Abogado y procurador: en estos expedientes no es preceptiva la intervención de abogado ni procurador (puedes ir sin ellos), aunque es muy recomendable si hay informes técnicos o tensión elevada.
- Recurso: la resolución definitiva es apelable; la apelación no suspende salvo que la ley disponga lo contrario.
Criterio del juzgado: interés superior del menor y derecho a ser oído
El juez decidirá siempre en interés superior del menor y, como regla, escuchará al hijo con suficiente madurez y siempre si tiene 12 o más años (derecho de audiencia). Esto resulta del art. 156 CC y de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Casos más habituales de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad
- Cambio de colegio (público/privado/bilingüe, cambio de etapa o de ciudad).
- Tratamientos médicos (psicoterapia, logopedia, ortodoncia, vacunaciones no rutinarias).
- Pasaporte y viajes al extranjero (cuando uno se niega a autorizar).
- Cambio de residencia (traslado a otra ciudad o país).
- Actividades extraescolares de coste relevante.
¿Cuánto dura el procedimiento?
El procedimiento es bastante sencillo, pero la duración real depende de la carga del juzgado y de si hacen falta pruebas o informes. Además, en principio, no es necesaria la intervención de abogado y procurador, aunque es recoomedable contar con estos profesionales.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Convertir el expediente en una “revisión” del régimen de custodia: aquí solo se decide un desacuerdo concreto
- No preparar el intento de MASC
- No aportar pruebas: todo lo que demuestre que tu propuesta beneficia al menor ayuda.
¿Necesitas ayuda para resolver un desacuerdo en la patria potestad?
En estos casos lo más importante es actuar con rapidez y con un buen asesoramiento legal, para evitar que el conflicto se alargue y que tus hijos sufran las consecuencias.
En mi despacho puedo orientarte desde el primer momento, valorar tu caso y acompañarte en el procedimiento. Pide tu cita y resolveré tus dudas de forma clara y sencilla.


