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¿Qué es la legítima en una herencia y cómo se calcula? Guía con ejemplos

¿Qué es la legítima en una herencia y cómo se calcula? Guía con ejemplos

Una de las dudas más repetidas cuando alguien hace testamento o recibe una herencia es: ¿puedo repartir mis bienes como quiera? En España, la respuesta corta es no: la ley reserva una parte mínima a determinados familiares (los herederos forzosos). A esa porción se le llama legítima. La herencia, con carácter general, se divide en tres tercios: legítima estricta, mejora y libre disposición.

¿Qué es exactamente la “legítima”? ¿Quiénes son los herederos forzosos?

La legítima es la parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, por estar reservada por ley a los herederos forzosos.

Son herederos forzosos:

  • Hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes.
  • Cónyuge viudo (con derechos variables según concurrencias).

Nota: en algunos derechos civiles forales (p. ej., Galicia, Navarra, País Vasco, Aragón, Baleares, Cataluña) hay reglas específicas sobre legítimas. Conviene revisar la normativa aplicable al domicilio civil del causante.

Cómo se reparte el caudal hereditario: los tres tercios

  • Un tercio de legítima estricta: se reparte a partes iguales entre todos los hijos.
  • Un tercio de mejora: el testador puede favorecer a uno o varios descendientes.
  • Un tercio de libre disposición: se puede dejar a quien se quiera.

¿Y si no hay hijos? Papel de los padres y del cónyuge

Si el causante no tiene descendientes, los padres/ascendientes tienen legítima:

  • La mitad del haber hereditario si no concurre cónyuge viudo.
  • Un tercio si concurren con el cónyuge viudo.

Ejemplos prácticos para el cálculo de la legítima:

Ejemplo A: Causante con 3 hijos (hay testamento) y el caudal hereditario es de 300.000€

  • Legítima estricta (1/3): 100.000 €, a repartir por igual33.333 € para cada hijo.
  • Mejora (1/3): 100.000 €. El testador puede dárselo íntegro a un solo hijo, a dos de ellos o repartirlo por igual entre los tres.
  • Libre disposición (1/3): 100.000 €, para cualquier persona (familiar o no).

El testador en su testamento “mejora” al Hijo 2 con los 100.000 € de mejora y deja la libre disposición a su pareja.

Cada uno de los hijos recibirá como mínimo por legítima estricta 33.333€. Pero como uno de ellos ha sido mejorado y el tercio de libre de disposición se entrega íntegramente a la pareja del causante, el resultado final es el siguiente:

  • Hijo 1: 33.333 € (legítima estricta)
  • Hijo 2: 33.333 € (legítima estricta) + 100.000 € (mejora) = 133.333 €
  • Hijo 3: 33.333 € (legítima estricta)
  • Pareja: 100.000 €

Ejemplo B: Causante con 2 hijos y cónyuge (sin testamento) y el caudal hereditario es de 300.000€

  • Tercio de legítima estricta (100.000€): se reparte a partes iguales entre todos los hijos; 50.000€ cada uno.
  • Tercio de mejora (100.000€): el tercio de mejora corresponde en usufructo al cónyuge viudo.
  • Tercio de libre disposición (100.000€): como no hay testamento se reparte a partes iguales entre todos los hijos; 50.000€ cada uno.

Donaciones en vida y cómputo de la legítima

Las donaciones hechas en vida por el causante a sus descendientes suelen imputarse a la legítima (traen causa de la herencia y se “colacionan”). Esto es relevante si hubo adelantos o “anticipos de herencia”, para evitar perjudicar la legítima del resto.

Conclusión

Un testamento bien diseñado y un reparto claro evitan conflictos y ahorran tiempo y dinero. Por eso, es importante contar con un apoyo experto. Si quieres que estudie tu caso y te oriente paso a paso, ponte en contacto conmigo y lo resolveremos juntos.





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