Tras una separación o divorcio, es habitual que surjan desacuerdos sobre decisiones importantes relacionadas con los hijos. Uno de los más frecuentes es qué ocurre cuando uno de los progenitores considera necesario que el menor acuda al psicólogo y el otro se opone.
Si te encuentras en esta situación, es importante conocer qué dice la ley y qué opciones existen para proteger el bienestar de tu hijo.
¿Puede mi ex pareja negarse a que nuestro hijo vaya al psicólogo?
Sí. Como norma general, ninguno de los progenitores está obligado a aceptar la propuesta del otro de someter al hijo en común a un tratamiento psicológico.
El otro progenitor puede considerar que la terapia no es necesaria, que no es beneficiosa para el menor o incluso oponerse sin una razón concreta. El desacuerdo, por sí solo, no supone una actuación ilegal.
¿Es necesario el consentimiento de ambos progenitores?
Sí, en la mayoría de los casos.
La asistencia del menor a terapia psicológica se considera una decisión relevante que forma parte del ejercicio de la patria potestad, no de la guarda y custodia.
Esto significa que, aunque uno de los progenitores tenga la custodia exclusiva, si la patria potestad es compartida, será necesario el consentimiento de ambos para iniciar el tratamiento.
¿Qué puedo hacer si el otro progenitor se niega?
Lo primero es comunicar por escrito al otro progenitor la necesidad de la terapia, explicando los motivos y, si es posible, aportando informes médicos, psicológicos o escolares que la recomienden.
Si, pese a ello, el otro progenitor mantiene su negativa, la ley ofrece una solución.
Solicitud de autorización judicial (artículo 156 del Código Civil)
El artículo 156 del Código Civil permite acudir al juez cuando hay desacuerdo entre progenitores en el ejercicio de la patria potestad.
En estos casos se inicia un procedimiento de jurisdicción voluntaria, en el que se solicita al juez que resuelva el conflicto y determine a qué progenitor corresponde la facultad de decidir sobre la asistencia del menor a terapia psicológica.
¿Cómo se desarrolla el procedimiento judicial?
En este procedimiento:
- Ambas partes pueden exponer sus argumentos.
- Se pueden aportar pruebas (informes psicológicos, médicos, escolares, etc.).
- El juez valorará la situación atendiendo siempre al interés superior del menor.
Cuando queda acreditado que la terapia es necesaria o beneficiosa para el menor, lo habitual es que se autorice, aunque uno de los progenitores se oponga.
¿Existen excepciones en las que no sea necesario el consentimiento?
Sí. La ley contempla determinados supuestos en los que no es necesario recabar la autorización del otro progenitor.
No se exigirá consentimiento cuando exista:
- Violencia de género o violencia familiar contra el menor
- Procedimientos penales que afecten a la vida, integridad física, libertad o indemnidad sexual del otro progenitor o del hijo
En estos casos, basta con informar al otro progenitor, sin necesidad de solicitar su aprobación.
La importancia del asesoramiento
Cada caso es distinto y requiere un enfoque individualizado. Contar con orientación legal ayuda a:
- Evitar conflictos innecesarios
- Proteger correctamente los derechos del menor
- Garantizar que cualquier decisión se adopta conforme a la ley y al interés del hijo
Si tu ex no quiere llevar a tu hijo al psicólogo, puedo explicarte cómo actuar y acompañarte en los pasos necesarios para proteger su bienestar.




