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Pensión de alimentos en verano: dudas frecuentes

Pensión de alimentos en verano: dudas frecuentes

El verano trae consigo las vacaciones escolares, los cambios en las rutinas familiares… y muchas veces, también dudas sobre cómo gestionar la pensión de alimentos durante estos meses. ¿Hay que seguir pagándola si los hijos están todo el mes con el progenitor no custodio? En este artículo te resuelvo las preguntas más frecuentes que suelen surgir sobre la pensión de alimentos en verano.

¿Qué es exactamente la pensión de alimentos y qué cubre?

La pensión de alimentos es la cantidad que uno de los progenitores (generalmente, el no custodio) debe abonar al otro para cubrir las necesidades ordinarias de los hijos. No se trata solo de comida: el concepto de “alimentos” en Derecho de Familia es mucho más amplio.

La pensión incluye todos los gastos ordinarios necesarios para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación de los menores. Es decir:

  • Alimentación diaria.
  • Ropa y calzado.
  • Vivienda (alquiler o hipoteca, luz, agua, calefacción…).
  • Material escolar y libros.
  • Transporte escolar, comedor, actividades escolares obligatorias…

Por tanto, aunque los hijos pasen las vacaciones con el progenitor que paga la pensión, los gastos fijos del hogar donde residen habitualmente siguen existiendo, y por eso la obligación de pagar la pensión se mantiene.

¿Por qué no se suspende la pensión en verano?

Es un error muy frecuente pensar que si los menores están con el progenitor no custodio en julio o agosto, ya no hay que pagar la pensión ese mes. Pero como decíamos antes, la pensión se calcula teniendo en cuenta los gastos anuales de los hijos, no los mensuales.

La cantidad fijada en sentencia o en convenio es una media. Que un hijo esté más tiempo contigo en verano no implica que no tenga necesidades económicas ese mes.

Además, la pensión tiene un carácter alimenticio y obligatorio, y su impago no puede decidirse de forma unilateral. Si se desea modificar la cuantía o el régimen de pago, hay que solicitarlo judicialmente a través de una modificación de medidas.

¿Qué puedo hacer si no me paga la pensión en verano?

Si el otro progenitor deja de pagar la pensión de alimentos en verano, lo primero que debes saber es que no tiene derecho a hacerlo por su cuenta. La pensión fijada en convenio o sentencia tiene fuerza ejecutiva, y su impago puede reclamarse judicialmente.

¿Cuál es el primer paso?

Si se trata de un impago puntual, puede ser conveniente intentar una solución amistosa: un recordatorio formal, por ejemplo, mediante burofax, WhatsApp o correo electrónico, en el que quede constancia del impago.

En caso de que no responda o se trate de impagos reiterados, puedes interponer una demanda de ejecución de sentencia. En este procedimiento:

  • Se puede reclamar toda la cantidad adeudada.
  • El juzgado puede embargar sus bienes para garantizar el pago.

¿Puede tener consecuencias penales?

Sí. Si el impago es reiterado (dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos) y con voluntad de no pagar (es decir, pudiendo hacerlo), puede considerarse delito de abandono de familia, castigado con multa o incluso prisión.

¿Tienes dudas sobre la pensión de alimentos este verano?

Es muy habitual que en estas fechas surjan desacuerdos o confusión sobre el pago de la pensión, los gastos extraordinarios o la organización de las vacaciones.

Si tienes dudas sobre la pensión en verano, si quieres revisar o modificar lo que firmaste en su día, o si estás sufriendo impagos y necesitas reclamar, puedo ayudarte.

📞 Escríbeme o pide una cita y veremos cuál es la mejor solución en tu caso concreto.

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